Entendemos por accidente laboral, la desgracia que le sucede al trabajador durante su jornada laboral (dentro o fuera de la empresa) o bien en el trajecto desde su domicilio habitual hasta el trabajo o desde el trabajo hasta su domicilio habitual. No se consideraría accidente laboral si se producen interrupciones en el trajecto para realizar actos ajenos al trabajo o se dirige hacia un domicilio no habitual.

Si uno de sus trabajadores tiene un accidente de este tipo, podrá tener prestaciones a nivel de asistencia sanitaria y económica y dependiendo del grado, prestaciones especiales.

Nosotros, nos encargaremos de gestionar las prestaciones y de hacer el seguimiento.Tambien nos encargaremos de todos  los tramites necesarios para que el trastorno sufrido por el empresario como para el trabajador afectado, sea el mínimo posible .

Dentro de la propia empresa, desgraciadamente, se dan los accidentes al manipular maquinaria peligrosa. A causa de este tipo de accidentes se ha creado la Ley de Prevención de Riesgos laborales.

“Cuidamos de nuestros clientes”

Estaremos con usted durante todo el proceso para ayudarle a obtener la mayor indemnización posible en el caso de que sea la persona accidentada. En nuestro equipo, además de expertos laboralistas contamos con la colaboración de médicos expertos en medicina forense que podrán evaluar de manera objetiva el verdadero alcance de las lesiones.